Además de noticias sobre los derechos y los deberes de empresarios y autónomos, en Nepos Asesores nos gusta ayudar a nuestros lectores mediante la aclaración de términos y actos que se llevan a cabo en el mundo empresarial.
Esta semana queremos hablar y aclarar qué es la comunidad de bienes, contar sus beneficios, así como sus desventajas.
Un dato que ayudará sobre todo a quienes tienen en mente emprender su propio negocio y que pueden ver en la comunidad de bienes una opción para cimentar la base de su empresa.
La sociedad de bienes, como tal es una sociedad, las características: la propiedad del bien o del derecho es propiedad de varias personas, forma parte de una actividad empresarial que es realizada de forma común.
Una alternativa interesante para emprendedores, y ahora os especificamos el por qué.
Es una buena opción para asociarse junto a profesionales del mismo sector, ya que este tipo de sociedades requieren al menos de dos personas.
En Nepos Asesores siempre aconsejamos realizar antes un contrato privado en el que se expondrán las aportaciones que cada socio realice, el porcentaje de participación de cada uno de los socios, así como la cuantía de ganancias y pérdidas de la sociedad.
Otra peculiaridad de la comunidad de bienes es que no es necesario una aportación mínima, y debe ser siempre dinero acompañado de bienes, pues el dinero de forma exclusiva no se permite como aportación.
A destacar también que a nivel fiscal las comunidades de bienes no tributan por las rentas obtenidas, sino por los que los socios han atribuido.
Esta tipología de sociedad, carece de personalidad jurídica propia, y se rige por el Código de Comercio en materia mercantil, en cuanto a materias de derechos y obligaciones se rige por el Código Civil.
Cuando se tiene poco capital para iniciar el duro tramo de un negocio propio, y hay buena relación y entendimiento profesional entre los socios, esta es una de las mejores alternativas a llevar a cabo.
Emprende con el asesoramiento de Nepos, los asesores de Sevilla.